Poder ejecutivo
En ciencia política y derecho constitucional, el poder
ejecutivo (poder administrativo) es una de las tres facultades y
funciones primordiales del Estado (junto con el poder legislativo y el poder judicial), consistente en hacer
cumplir las leyes.
Este poder suele ejercer el gobierno por
parte del Jefe
del Estado.
Se distingue así del poder legislativo, que promulga o revoca leyes, y del
poder judicial, que interpreta, hace respetar o invalida las mismas.
El poder ejecutivo: es responsable de la
gestión diaria del Estado, y concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo
con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas; representa a la nación en
sus relaciones diplomáticas; sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja
con respecto a la legislación.
Derecho público
La doctrina jurídica del Derecho Administrativo y del Constitucional plantea una
disyuntiva de tipo nominal para designar a este poder del Estado.
Algunos teóricos lo denominan
“Poder Ejecutivo” y otros “Poder Administrativo”. Sin embargo, es esta última
versión la que describe de mejor manera las funciones de esta potestad, debido
a que la ostentación de esta potestad jurídica no solo supone la ejecución de
reglas, sino que también implica la administración a través del dictamen de
otras normas (reglamentos, decretos, instructivos).
El poder ejecutivo puede dividirse en tres:
1. Función Política: tiene por objeto
dirigir al conjunto de la sociedad por el camino que permita satisfacer en
mejor forma sus fines específicos, tomando decisiones ante situaciones nuevas
que no están reguladas por la ley, como por ejemplo: nombrar ministros de
Estado, aprobar o no tratados internacionales, realizar intercambios
comerciales en uno u otro país, etc.
2. Función Administrativa: por esta función se
desarrollan los fines específicos del Estado, sujetos a la ley (las actividades
que realizan los ministerios, gobernaciones, intendencias, empresas del estado,
etc.)
3. Función Reglamentariamente: por vía de decretos y
resoluciones. Para poder realizar su trabajo el Ejecutivo dispone de potestad
reglamentaria, en virtud de la cual puede dictar reglamentos, decretos de
instrucciones que deben ser cumplidos por los ciudadanos.
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